(TOMADO DE: prensa POLILARA)
RELACION
DE PERSONAL QUE CUMPLE CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 37 DE LA LEY
DEL ESTATUTO DE LA FUNCION POLICIAL, CONVOCADO PARA PRESENTAR LA PRUEBA
DE COMPETENCIA DESDE EL DIA JUEVES 19-06-2014 HASTA EL DIA SABADO
21-06-2014, EN EL INFOCENTRO DEL OESTE FRENTE AL VELODROMO “HECTOR
ALVARADO”.
(Gaceta Oficial N° 5940 Extraordinario, de fecha 07/12/2009 )
De la calificación de servicio y los ascensos
Artículo 37. De
conformidad con lo previsto en el artículo 61 de la Ley Orgánica del
Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, para
la ubicación y ascenso en la jerarquía policial se requerirá cumplir con
los siguientes requisitos básicos:
1.
Los y las oficiales deberán haber cursado y aprobado un mínimo de un
año de formación en la institución académica nacional especializada en
seguridad, además de haber aprobado el concurso y culminado en forma
exitosa el período de prueba a que se refiere esta Ley, demostrando un
alto sentido de pertenencia e identidad institucional.
2.
Los y las oficiales agregados deberán contar con una antigüedad de tres
años como mínimo como oficial y, a nivel de educación formal, con tres
semestres aprobados de educación a nivel de técnico superior
universitario, demostrando capacidad para organizar y supervisar grupos
pequeños de funcionarios y funcionarias policiales en tareas sencillas.
3.
Los y las oficiales jefes deberán contar con una antigüedad de seis
años como mínimo en la carrera policial, tres de ellos como oficial
agregado y, a nivel de educación formal, con el grado de técnico
superior universitario, demostrando capacidad para organizar y
supervisar en tareas sencillas, ordinarias o novedosas, a grupos
pequeños y medianos de funcionarios y funcionarias policiales.
4.
Los supervisores y supervisoras deberán contar con una antigüedad de
nueve años como mínimo en la carrera policial, tres de ellos como
oficial jefe y, a nivel de educación formal, con el grado de
licenciatura, demostrando capacidad para dirigir y supervisar, en tareas
de mediana complejidad, ordinarias o novedosas, a grupos medianos de
funcionarios y funcionarias policiales.
5.
Los supervisores y supervisoras agregados deberán contar con una
antigüedad de doce años como mínimo en la carrera policial, tres de
ellos como supervisor o supervisora y, a nivel de educación formal, con
un diploma de postlicenciatura o cursos equivalentes de carácter breve,
demostrando capacidad de aplicar liderazgo situacional y gerencial en
tareas de elevada complejidad.
6.
Los supervisores y supervisoras jefes deberán contar con una antigüedad
de quince años como mínimo en la carrera policial, tres de ellos como
supervisor o supervisora agregado y, a nivel de educación formal, con
cursos aprobados de post licenciatura de duración media, demostrando
capacidad para evaluar en forma continua al personal a su cargo,
adoptar correctivos ante conductas inadecuadas y coordinar con otras
entidades o instituciones fuera del cuerpo policial.
7.
Los comisionados y comisionadas deberán contar con una antigüedad de
dieciocho años como mínimo en la carrera policial, tres de ellos como
supervisor o supervisora jefe y, a nivel de educación formal, con
preferencia en estudios de cuarto nivel con duración mínima de tres
semestres, además de cumplir con el curso básico de nivel estratégico,
demostrando capacidad para administrar talento humano y recursos
materiales y para promover la rendición de cuentas y la participación de
las comunidades en el mejor desempeño del servicio policial.
8.
Los comisionados y comisionadas agregados deberán contar con una
antigüedad de veintiún años como mínimo en la carrera policial, tres de
ellos como comisionado o comisionada y, a nivel de educación formal, con
preferencia en estudios de cuarto nivel con duración mínima de cuatro
semestres y un curso medio de nivel estratégico, demostrando capacidad
para procesar y utilizar información para planificar, desarrollar y
supervisar planes en situaciones de desastres y, en general, definir y
ejecutar los lineamientos administrativos, funcionales y operativos para
la más eficiente prestación del servicio de policía. Para ascender a
comisionado o comisionada jefe se requerirá, además, la realización de
un trabajo de investigación o la publicación de un texto que constituya
una contribución a la gestión o planificación en materia del servicio de
policía.
9.
Los comisionados y comisionadas jefes deberán contar con una antigüedad
de veinticinco años como mínimo en la carrera policial, tres de ellos
como comisionado o comisionada agregado y, a nivel de educación formal,
con preferencia en estudios de cuarto nivel con duración mínima de
cuatro semestres y un curso de gerencia y planificación a nivel
estratégico con duración mínima de un semestre, demostrando capacidad
para proponer, adelantar y evaluar planes estratégicos dentro del cuerpo
policial o en colaboración con otros cuerpos e instancias, que
contribuyan a mejorar la prestación del servicio de policía.